El Tercer Juzgado Civil de Calama confirmó los derechos de aprovechamiento superficial y corriente, de uso consuntivo y de ejercicio permanente sobre las aguas del río Loa que posee la comunidad atacameña de Caspana, y rechazó -y condenó en costas- las oposiciones levantadas por las empresas Aguas Antofagasta S.A. y Sociedad Química y Minera de Chile S.A.
En el fallo, la magistrada Margarita Gordillo establece que la comunidad de Caspana tiene la propiedad de los derechos de aguas “captadas a través de (vertiente) en el punto determinado por las coordenadas: UTM: NORTE: 7.532,959 Km y ESTE: 578,929 Km, DATUM WGS-1984, Huso 19, ubicado en la comuna de Calama, Provincia El Loa, consistente en 47 litros por segundo, derechos que se encuentran regularizados”.
El tribunal ordena, además, la inscripción de los derechos de aprovechamiento a favor de la peticionaria en el registro de propiedad de aguas del Conservador de Bienes Raíces de Calama, y la remisión de una copia autorizada de la sentencia a la dirección general de aguas de la Segunda Región.
“(…) la comunidad indígena atacameña de Caspana, acreditó utilizar desde época inmemorial las aguas de la vertiente, y la solicitud de regularización se ajustó al procedimiento que contemplan los artículos 177 y 2 transitorio, en relación y armonía con las disposiciones del Párrafo I, título I, libro II del Código de Aguas; mientras que los opositores Aguas de Antofagasta S.A. y Sociedad Química y Minera de Chile S.A, no justificaron la existencia de alguna causal que impida regularizar los derechos originarios descritos, razón por la cual se rechazará la oposición promovida”, establece el fallo.
Fuente: Bio Bio Chile