Como Mujeres de Zona de Sacrificio Quintero- Puchuncaví-Concón, hoy 15 de Febrero del 2017, queremos expresar de forma categórica nuestro absoluto rechazo al proceder del MMA y del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, quienes con la aprobación de este Plan de Descontaminación han vulnerado nuestro Derecho a “vivir en un ambiente libre de contaminación”, repudiamos enfáticamente que se nos omita, invisibilice y contribuyan así, al aumento de la degradación de nuestra biósfera y por tanto a la degradación de nuestra calidad de vida, con las nefastas consecuencias a nuestra salud en estos 54 años de contaminación, en los que la Bahía de Quintero ha sido protagonista del desarrollo industrial extractivista por sobre el valor de los seres humanos y nuestra biósfera.
Basamos nuestro rechazo a este Plan de descontaminación por los siguientes antecedentes:
Con fecha 2 de marzo del 2015, mediante Decreto Supremo N° 10 del Ministerio de Medio Ambiente, las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví fueron declaradas Saturadas por Material Particulado MP2,5 Anual y en condición de Latencia para MP2.5 Diario y MP10 Anual.
El 3 de julio de 2015, mediante Resolución Exenta N° 573 del Ministerio de Medio Ambiente, se dio inició el proceso de “Elaboración del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica” para las tres comunas.
El 3 de mayo del 2016, mediante Resolución Exenta N°361, el Ministerio de Medio Ambiente aprobó “Ante Proyecto del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica” para las comunas señaladas, dando inicio al proceso de consulta pública correspondiente.
Con fecha 5 de octubre del 2016 se cierra el proceso de consulta pública del Anteproyecto Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica.
Con fecha 19 de diciembre del 2016 en “Reunión de Consejo de Ministros para la Sustentabilidad”, se da por aprobado el “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica” para las tres comunas.
Con fecha 16 de enero del 2017 se publicó en el expediente digital del plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica, el consolidado con las respuestas a la Consulta pública del plan de Prevención y Descontaminación. http://planesynormas.mma.gob.cl/normas/expediente/index.php?tipo=busqueda&id_expediente=925847
La Resolución Exenta N° 601 del 8 de julio del 2015 del Ministerio de Medio Ambiente que aprobó la “Norma General de Participación Ciudadana”, en su Artículo N° 19 , establece un plazo perentorio de 45 días hábiles desde el Cierre de la Consulta Pública ( fecha tope 5 de octubre ) para responder y publicar en la página web las respuestas consolidadas a las observaciones ciudadanas al anteproyecto.
En el expediente digital del Ministerio de Medio Ambiente, se puede constatar que las Respuestas Consolidadas a las Observaciones Ciudadanas al Anteproyecto fueron publicadas el 16 de enero del 2017, pasado 100 días del plazo máximo establecidos R.E. 601/2015.
Sumado a lo anterior, tampoco se cumplió lo establecido en la “ Guía de Participación Ciudadana del Procedimiento para la Dictación de Planes y Normas Ambientales” del Ministerio de Medio Ambiente, el que establece en su página 42 que “el informe consolidado con las respuestas a observaciones deberá ser visado por la División Jurídica previo a su publicación, y que además deberá estar publicado antes de la presentación del proyecto definitivo para el pronunciamiento del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad”.
Nos parece necesario destacar el carácter antidemocrático del procedimiento seguido para la aprobación del mencionado Anteproyecto de Prevención y Descontaminación, el que expresa irregularidades graves en el funcionamiento de la democracia en nuestra institucionalidad medioambiental.
Una segunda categoría de irregularidades se refiere a los plazos establecidos para el cumplimiento total del plan en el Anteproyecto y en el Proyecto que son diferentes. En el Anteproyecto se informó a la Comunidad de un plazo de 6 años para el cumplimiento del plan de desconmtaminación, y el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad aumentó dicho plazo sin expresión de motivos que justificara el mantener por 4 años adicionales a una población cercana a los 100 mil habitanres de las comunas de Quintero, Puchuncaví y Concón, respirando un aire con niveles de contaminantes que el Ministerio de Salud, asi como el de Medio Ambiente, reconocen que generan enefermedades respiratorias, cardiovasculares y diversas formas de cáncer sin dar un motivo que justifique dicha decisión.
Es por ello rechazamos este Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica en las Comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví.