Mujeres en Zonas de Sacrificio rechazan plan de descontaminación Quintero- Puchuncaví-Concón

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Mujeres en Zonas de Sacrificio rechazan plan de descontaminación Quintero- Puchuncaví-Concón

Como Mujeres de Zona de Sacrificio  Quintero- Puchuncaví-Concón, hoy 15 de Febrero del 2017, queremos expresar de forma categórica nuestro absoluto rechazo al proceder del MMA  y  del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, quienes con la aprobación de este Plan de Descontaminación han vulnerado nuestro Derecho a “vivir en un ambiente libre de contaminación”, repudiamos enfáticamente que se  nos omita, invisibilice y contribuyan así, al aumento de la degradación de nuestra biósfera y por tanto a la degradación de nuestra calidad de vida, con las nefastas consecuencias a nuestra salud  en estos 54 años de contaminación, en los que la Bahía de Quintero ha sido protagonista del desarrollo industrial extractivista por sobre el valor de los seres humanos y nuestra biósfera.

Basamos nuestro rechazo a este Plan de descontaminación por los siguientes antecedentes:

Con fecha  2 de marzo del 2015,  mediante Decreto Supremo N° 10 del Ministerio de Medio Ambiente, las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví fueron  declaradas Saturadas por Material Particulado MP2,5 Anual y  en condición de Latencia para  MP2.5  Diario y MP10 Anual.

El  3 de julio de  2015,  mediante Resolución Exenta N° 573  del Ministerio de Medio Ambiente, se  dio inició el proceso de “Elaboración del  Plan de  Prevención y  Descontaminación Atmosférica” para las tres comunas.

El 3 de mayo del  2016, mediante Resolución Exenta N°361, el Ministerio de Medio Ambiente aprobó   “Ante Proyecto del Plan de Prevención y  Descontaminación Atmosférica” para las comunas señaladas, dando inicio al proceso de consulta pública correspondiente.

Con fecha  5 de octubre   del 2016 se cierra el proceso de consulta pública del  Anteproyecto Plan de Prevención y  Descontaminación Atmosférica.

Con fecha 19 de diciembre  del 2016  en  “Reunión de Consejo de Ministros para la Sustentabilidad”,  se da  por aprobado el “Plan de Prevención y  Descontaminación Atmosférica” para las tres comunas.

Con fecha  16 de enero  del 2017 se publicó  en el expediente digital del plan de Prevención y  Descontaminación Atmosférica, el consolidado  con las respuestas a la Consulta pública del plan de Prevención y Descontaminación.  http://planesynormas.mma.gob.cl/normas/expediente/index.php?tipo=busqueda&id_expediente=925847

La Resolución Exenta N° 601 del 8 de julio del 2015 del Ministerio de Medio Ambiente  que aprobó   la “Norma General de Participación  Ciudadana”, en su Artículo N° 19 , establece un plazo perentorio de 45 días hábiles desde el  Cierre de la  Consulta Pública  ( fecha tope 5 de octubre )  para responder  y publicar en la página web las respuestas consolidadas  a las observaciones ciudadanas  al anteproyecto.

En el expediente digital del Ministerio de Medio Ambiente, se puede constatar que las Respuestas  Consolidadas  a las Observaciones Ciudadanas  al Anteproyecto fueron publicadas el 16 de enero del 2017,  pasado 100 días del plazo  máximo  establecidos R.E. 601/2015.

Sumado a lo anterior,  tampoco se cumplió  lo establecido en la “ Guía de Participación  Ciudadana  del Procedimiento para la Dictación de Planes y Normas Ambientales”  del Ministerio de Medio Ambiente, el que  establece en su página 42 que “el informe consolidado  con las  respuestas a observaciones  deberá ser visado   por la División Jurídica  previo a su publicación,  y que además  deberá estar publicado antes de la presentación del proyecto definitivo  para el pronunciamiento del Consejo de Ministros para  la Sustentabilidad”.

Nos parece necesario destacar el carácter antidemocrático del procedimiento seguido para la aprobación del mencionado Anteproyecto de Prevención y Descontaminación, el que expresa irregularidades graves en el funcionamiento de la democracia en nuestra institucionalidad medioambiental.

Una segunda categoría de irregularidades se refiere  a los plazos establecidos para el  cumplimiento total del plan en el Anteproyecto  y en el Proyecto que son diferentes. En el Anteproyecto se informó a la Comunidad de un plazo de 6 años para el cumplimiento del plan de desconmtaminación,  y el Consejo de Ministros   para la Sustentabilidad aumentó  dicho plazo  sin expresión de motivos  que justificara el mantener por 4 años adicionales a  una población cercana a los 100 mil habitanres de las comunas de  Quintero, Puchuncaví y Concón, respirando un aire   con niveles de contaminantes  que   el Ministerio de Salud,  asi como el de Medio Ambiente, reconocen que generan  enefermedades respiratorias, cardiovasculares y diversas formas de cáncer  sin dar un motivo que justifique dicha decisión.

Es por ello rechazamos  este Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica en las Comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví.