Tras seis meses de espera, la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara, recibió ayer del gobierno un texto de reforma al Código de Aguas que sustituye totalmente la Moción parlamentaria que los diputados de dicha Comisión habían votado y trabajado por más de un año y medio.
En relación a la reforma al Código de Aguas ingresada por el gobierno a la Cámara de Diputados, Chile Sustentable expresa lo siguiente:
- El texto ingresado por el gobierno reemplazó completamente la Moción parlamentaria, incurriendo en falta de reciprocidad con el Parlamento, y en particular a los parlamentarios de la Comisión de Recursos Hídricos que suspendieron la aprobación total de su moción a solicitud del gobierno; y que esperaron las indicaciones del ejecutivo por seis meses. Ello constituye una falta al acuerdo de mejorar el proyecto de los diputados y de reciprocidad ante la buena fe y espera del parlamento.
- La reforma del gobierno eliminó temas claves que contenía la Moción parlamentaria: Elimina la propuesta parlamentaria que modificaba el artículo 56 para obligar a las empresas mineras a informar respecto de las aguas halladas en sus áreas de concesión y solicitar una concesión para su aprovechamiento, tal como hacen todos los demás sectores productivos del país. Esto constituye una excepción legal en favor de las mineras, que además impide a la autoridad contar con información completa sobre el balance hídrico de los acuíferos subterráneos en las diversas cuencas e impide evaluar la afectación a otros usuarios.
- El gobierno eliminó el establecimiento de caudales ecológicos con criterios ecosistémicos y fundamentación técnica para justificarlos, lo cual no garantiza la protección de la biodiversidad y sustentabilidad de los caudales en los ríos del país.
- La propuesta del gobierno restringió la prohibición de otorgar concesiones de uso de aguas sólo al interior de Parques Nacionales y Reservas de Regiones Vírgenes, dejando abierta la posibilidad de que los privados puedan pedir aguas en otras áreas protegidas como Reservas Nacionales, Monumentos Naturales, y Santuarios de la Naturaleza, que están bajo protección en la Ley ambiental y que si estaban consideradas en la propuesta de los parlamentarios. Ello significa un retroceso regulatorio y un atentado a las áreas protegidas, en dirección contraria a la voluntad de los chilenos y las recomendaciones de la OECD.
- La propuesta del gobierno restringe la excepción del pago de patentes a las Asociaciones de Agua Potable Rural, lo cual reduce seriamente la protección y excepción que contenía la moción parlamentaria para las comunidades agrícolas, los pequeños productores agrícolas y campesinos y las comunidades indígenas que utilizan las aguas para cultivo de subsistencia.
- La propuesta del gobierno tampoco sanciona, ni deroga los derechos de propiedad de aguas concedidos en cuencas declaradas agotadas, que sí proponía la Moción parlamentaria. Con ello ignora y deja impune este grave vicio en la aplicación del Código de Aguas, lo cual ha incitado usurpación de agua a los más pobres y ha agravado los conflictos de acceso y la crisis hídrica que sufre el país.
Como aportes positivos de la propuesta de reformas al Código de Aguas ingresada por el gobierno cabe destacar:
- El cambio en la naturaleza del derecho de aprovechamiento de aguas, desde el actual derecho de propiedad, hacia concesiones de uso temporal es sin duda la principal reforma que aporta el gobierno. No obstante este nuevo sistema de concesiones se aplica sólo a derechos aún no otorgados en los ríos y acuíferos del país, los que constituyen sólo el “raspado de la olla” de este bien público” ya que prácticamente toda el agua de las cuencas y acuíferos de Chile ya han sido concedidos en propiedad gratuitamente y a perpetuidad. Adicionalmente los plazos de concesión sobre este retazo de recursos hídricos son excesivos (30 años).
- Un segundo elemento a destacar de la reforma del gobierno constituye el reconocimiento de las diversas funciones de las aguas y la priorización para consumo humano, saneamiento y conservación de los ecosistemas, pudiendo constituir el Estado reservas para satisfacer dichas funciones, y autorizar su uso (hasta 12 litros por segundo) a las Asociaciones de Agua Potable Rural sobre dicha reservas.
- Un tercer elemento positivo es la atribución que la reforma concede a la Dirección General de Aguas (DGA), para caducar derechos de aguas acaparadas que no se utilizan. No obstante el plazo de 4 (derechos consuntivos) y 8 años (no consuntivos) para acreditar el no uso de derechos de agua parece excesivo.
- También es positiva la propuesta de reforma que permite a la DGA limitar el ejercicio de aprovechamiento de aguas superficiales y subterráneas en cuencas degradadas y permite prorratear caudales sostenibles entre los usuarios.
- Finalmente son destacables las atribuciones entregadas a la DGA para denegar el otorgamiento de concesiones de aprovechamiento de aguas en caso de no existir disponibilidad o de poner en riesgo los usos de subsistencia y caudales ecológicos.
Las reformas al Código de Aguas enviadas por el gobierno al Congreso son insuficientes para enfrentar la crisis de equidad, acceso y sustentabilidad de los recursos hídricos en nuestro país, la cual ha sido agravada por la aplicación del Código de Aguas de 1981.
Chile Sustentable continuará trabajando desde las organizaciones ciudadanas y apoyando a los parlamentarios para lograr reformas estructurales al Código de Aguas y reformas a la Constitución con el objeto de recuperar el agua como” bien público” y desarrollar una gestión equitativa, sustentable y democrática de este bien de todos los chilenos.