AES Gener amenaza el riego del Valle del Maipo y el agua potable de Santiago
La empresa AES-Gener, filial de la mayor generadora norteamericana AES Corporation, pretende construir el Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo (PHAM), en la comuna de San José de Maipo, al sureste de la ciudad de Santiago. El proyecto contempla la construcción de dos centrales hidroeléctricas, las que serían alimentadas con las aguas de los ríos Volcán, Yeso y Colorado, afluentes del río Maipo.
Con la construcción de dichas centrales, que la empresa ha denominado “de pasada”, el PHAM provocaría una mega intervención en la cuenca alta del río Maipo.
El PHAM pretende captar agua de los Esteros Colina, La Engorda, Las Placas y El Morado ubicados en la parte alta del río Volcán; del río Yeso a la salida del Embalse El Yeso; del estero Aucayes y del río Colorado, todas captaciones en las cabeceras de las cuencas para ser trasladadas por 70 Km. de túneles hacia las turbinas de generación afectando vegas y ecosistemas naturales. Además considera la construcción de una serie de obras de regulación y caminos de acceso que implican una mega intervención de la cuenca del río Maipo, que alteraría irreversiblemente su régimen hídrico disminuyendo drásticamente el caudal del río Maipo y sus afluentes. Al captar las aguas en las nacientes de los afluentes del Maipo, el proyecto afecta gravemente los caudales de los ríos Volcán, Yeso, Colorado y Maipo, impactando más de cien mil hectáreas de ecosistemas cordilleranos.
Aunque AES Gener informa que con su inversión de 700 millones de dólares, el proyecto generará 531 Megawatts, lo cierto es que la empresa no posee derechos de agua que se ajusten a la demanda del proyecto, aun sumando todos los distintos puntos de captación y restitución. Por esta razón, en forma paralela al Sistema de Evaluación Ambiental, la empresa ingresó a la Dirección General de Aguas (DGA), una serie de solicitudes de traslados de derechos de agua, los cuales fueron denegados en tres oportunidades.
Cabe destacar que en la tramitación de estas solicitudes de traslado, la empresa ha insistido en dejar caudales ecológicos mínimos, que no se ajustan al Código de Agua y sus modificaciones. Al trasvasijar el agua de los diversos ríos, el PHAM provocará un proceso creciente de desertificación y erosión en la cuenca del Maipo, destruyendo el ciclo natural de regulación hídrica del río Maipo y sus afluentes. Con ello, pone en riesgo el desarrollo de todas las actividades económicas estables y tradicionales de los habitantes locales, como la capacidad de pastoreo y bebida para el ganado; amenazará el desarrollo turístico del Cajón del Maipo, degradando la economía local e incrementando la pobreza en el mediano y largo plazo.
El río Maipo también es la principal fuente de agua de riego del valle del Maipo, el cual se ve altamente amenazado por la gran intervención del PHAM en el régimen hídrico, aspecto denunciado por las Asociaciones de Canalistas del Maipo y por la propia Sociedad Nacional de Agricultura.
Este proyecto, al intervenir drásticamente el régimen hídrico del río Maipo, entubando sus afluentes, provocará la reducción de 2,3 millones de toneladas de sedimentos (lo cual equivale al 22% de la producción de sedimentos en la cuenca); lo cual sumado a la actual extracción de áridos para la construcción, provocaría un hundimiento del lecho del río Maipo, afectando las bocatomas de todos los canales que actualmente se alimentan de la primera sección del río Maipo: Canal del Maipo, Canales Unidos de Buin, Canal Huidobro, Canal Lo Herrera y Canal La Isla-Lonquén. Estos canales riegan una superficie de 107.068 hectáreas de cultivos de excelencia, en las comunas de San Bernardo, Calera de Tango, Padre Hurtado, Maipú, Peñaflor, Talagante, Isla de Maipo, Buin y Paine, pudiendo afectar miles de empleos agrícolas permanentes; y además amenazar gravemente la infraestructura pública construida en el río Maipo, en especial las bases de los puentes Los Morros, Acceso Sur y Panamericana, y por tanto la seguridad vial.
A pesar de ello, la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH), ignorando el Estudio de la Universidad de Chile, anexado por la misma AES Gener al Estudio de Impacto Ambiental (EIA), le concedió el permiso sectorial. Pero además le pidió insólitamente un nuevo estudio de sedimentos antes de la entrada en operación de las centrales hidroeléctricas. El PHAM implicaría, al represar en túneles y tranques de acumulación el equivalente a 1.800.000 metros cúbicos de agua, la expropiación por parte de una empresa norteamericana de los derechos de agua consuntivos, permanentes y continuos de los agricultores de la cuenca del Maipo. También generaría un conflicto con la empresa sanitaria Aguas Andinas, que abastece de agua potable a la ciudad de Santiago4 y sus alrededores, donde vive el 40% de la población de Chile.
En la cuenca alta del río Maipo se han inventariado 647 glaciares, con una superficie estimada de 164 kilómetros cuadrados. El cuidado de estos glaciares es de vital importancia para la mantención de los caudales en verano y en períodos de sequía, ya que su aporte de agua representa entre 30% y 67% del caudal del río Maipo en meses de sequía. Cualquier intervención en la parte alta de las cuencas, que provoque mayor aridez, acelerará el derretimiento de los glaciares poniendo en peligro el abastecimiento de agua potable para Santiago, la agricultura y la producción del valle del Maipo. De hecho, si una cuenca o subcuenca es artificialmente intervenida y sus recursos hídricos extraídos, la temperatura local aumentará fuertemente provocando un aumento del ritmo de derretimiento de hielos y nieves.
En el último estudio solicitado por el gobierno a las Universidades de Chile, Católica y de Valparaíso, bajo la supervisión técnica de la CEPAL (Noviembre 2009), sobre el impacto del cambio climático en la cuenca del río Maipo se destaca: que las precipitaciones en la zona central disminuirán a partir del año 2010 entre un 5% a un 15% para bajar hasta en un 30% al año 2050. Esto significa una disminución en los recursos hídricos de la cuenca del Maipo, que se estiman entre un 15% y un 30% del caudal medio anual. Por otro lado se estima que la necesidad de agua potable y de riego en la zona central y la Región Metropolitana en particular, seguirá en aumento a un ritmo creciente, poniendo aún más estrés sobre las fuentes de agua.
La fuerte intervención y reducción de caudales en los ríos Volcán, Yeso, Colorado y Maipo también conlleva un riesgo que amenaza el turismo y la seguridad pública en el Cajón del Maipo, pues al aumentar bruscamente los caudales en cualquiera de los ríos, por operación de la central o por fallas técnicas, el golpe de agua a orillas de los ríos donde las personas se están recreando, puede arrastrar a familias completas que se encuentren en las orillas, pudiendo provocar pérdida de vidas humanas. Este impacto ha sido denunciado por el sector turismo, e incluido en las observaciones de la ciudadanía y de los servicios públicos en el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental.
Las aguas para hacer funcionar las centrales serían extraídas de las cabeceras de los cursos naturales que forman las cuencas de los 4 ríos, reduciendo sustancialmente e incluso secando sus lechos. A consecuencia de ello se provocaría la destrucción parcial o completa de la flora y fauna dependientes de esas fuentes de agua para su sobrevivencia. Este impacto afectará una región de naturaleza prístina, donde habitan especies en peligro de extinción como el cóndor, el puma, la vizcacha y el guanaco, entre otras; y por lo cual la mayor parte de la Comuna de San José de Maipo ha sido designada como Sitio Prioritario para la Protección de la Biodiversidad de la Región Metropolitana. Se destacan los Sitios Altos del Maipo, Morado y Río Colorado, junto a dos áreas protegidas privadas y una pública: el Monumento Natural el Morado, el Santuario San Francisco de Lagunillas y el Santuario Cascada de las Ánimas. Los dos primeros, además del Sitio Prioritario Colorado-Tupungato, serían fuertemente intervenidos por AES Gener. Lo anterior afectará, además de los ecosistemas, las cuencas y paisajes del área, el importante patrimonio turístico del Cajón del Maipo.
En síntesis, los principales impactos del proyecto hidroeléctrico de AES Gener son:
• Competencia con el agua potable, ya que afecta la seguridad de abastecimiento de agua potable a 6 millones de habitantes de la Región Metropolitana. De hecho, la empresa sanitaria Aguas Andinas se ha opuesto tenazmente a este proyecto que pretende utilizar aguas de la cuenca del Río Yeso, centro del abastecimiento de la empresa sanitaria; y al haber identificado los graves impactos a corto y largo plazo por la desertificación e incremento del ritmo de derretimiento de los glaciares que proveen agua a la cuenca del Maipo, en épocas estivales y de sequía.
• Amenaza la disponibilidad permanente del agua e infraestructura de riego. El río Maipo provee de agua a 107.068 hectáreas de cultivos en las comunas de San Bernardo, Calera de Tango, Padre Hurtado, Maipú, Peñaflor, Talagante, Isla de Maipo, Buin y Paine, actividad que provee decenas de miles de empleos en la agricultura y agroindustria. El PHAM afecta el agua de riego a corto plazo por la operación misma de las centrales hidroeléctricas, ya que si deben cerrarse las bocatomas por mantenimiento o falla de turbinas, el agua puede demorar más de10 horas en llegar por el cauce natural del río Maipo a los canales de regadío, afectando los turnos de riego y colapsando las bocatomas. A mediano plazo la gran intervención del ecosistema de la cuenca, y la reducción de arrastre de sedimento, hundirá el lecho del río, inutilizando las bocatomas de los canales de regadío que quedarán sobre el nivel de las aguas.
• Pone en riesgo la infraestructura pública. Este Proyecto altera el equilibrio de la cuenca generando una enorme reducción en el arrastre de sedimentos, dejando en riesgo toda la infraestructura pública y privada que se apoya en el lecho del río Maipo entre San José de Maipo y la Ruta 5 Sur, incluyendo bocatomas de agua potable y riego, y todos los puentes ferroviarios y viales. Al intervenir drásticamente el régimen hídrico del río Maipo, el PHAM disminuye el aporte de áridos de la cuenca en 2,3 millones de toneladas de sedimentos, equivalentes al 22% de la producción natural de sedimentos, lo cual sumado a la actual extracción de áridos, provocaría un hundimiento del lecho del río Maipo.
• Amenaza el turismo y la recreación de la región y afecta la economía local. El Cajón del Maipo es un ecosistema único de montaña, por esta razón fue decretado como Zona de Interés Turístico en el año 2001. Cada año el turismo en el Cajón crece cerca de 20%, y el 80% de las empresas de la zona se desarrolla en turismo y comercio. Según cifras de la Cámara de Turismo de San José de Maipo, cada año esta comuna es visitada por alrededor de 1.482.000 turistas nacionales e internacionales, y montañistas de todo el mundo. La drástica reducción del caudal de los ríos Volcán, Yeso, Colorado y Maipo; y la mayor desertificación de las 4 cuencas, implica la destrucción del patrimonio natural y paisajístico que permite la actividad turística en el Cajón del Maipo.
• Degrada un ecosistema que provee servicios estratégicos a la capital, como agua, regulación del clima y área de esparcimiento y recreación. El proyecto de AES Gener degradaría un área de 100.000 hectáreas, modificando negativamente el ecosistema natural, acelerando el estrés hídrico y la desertificación de la zona; aumentando las temperaturas, y agravando el derretimiento de los glaciares del área.
• No ofrece empleos permanentes para dinamizar la economía local. Aunque en la etapa de construcción de ambas centrales se generan muchos empleos, cuando las faenas de AES Gener terminen, el número de trabajadores permanentes será pequeño, menos de 50 personas para mantención y seguridad (guardias e ingenieros). Sin embargo la destrucción del patrimonio natural y turístico reducirá la actividad ganadera, recreacional y turística, perdiéndose gran cantidad de empleos locales permanentes.
AES Gener S.A. es una sociedad anónima y pertenece a la enorme trasnacional estadounidense AES que domina parte importante de la generación eléctrica en ese país, además de poseer proyectos energéticos en todo el mundo. Por ello sus ganancias no quedarán en Chile, sino que beneficiarán a los accionistas de dicha empresa. Tampoco la electricidad que generarían las centrales beneficiará al Cajón del Maipo, pues ingresará al Sistema Interconectado Central (SIC), que será ocupado por la expansión urbana de Santiago, la industria, y especialmente por las empresas mineras instaladas entre Copiapó y Rancagua que consumen gran parte de la electricidad del país.
En la actualidad, AES Gener ya posee 4 centrales funcionando en la cuenca del río Maipo: Volcán, Queltehues, Maitenes y Alfalfal, pero dicha presencia durante los últimos 50 años en la zona no ha dejado ningún beneficio en el Cajón del Maipo. Además posee centrales térmicas a carbón, gas natural y diesel. Entre ellas los controvertidos proyectos Los Robles, en la región del Maule cerca de Constitución, y Campiche en Puchuncaví (la cual ha debido ser paralizada por la Corte Suprema, por haber sido construida en un área verde).
La principal organización local que agrupa a los opositores al proyecto hidroeléctrico de Gener es la Coordinadora Ciudadana Ríos del Maipo, integrada por profesores, estudiantes, agricultores, montañistas, organizaciones de mujeres, artistas, emprendedores turísticos y organizaciones sociales que viven o son usuarios del Cajón del Maipo. La preocupación de la Coordinadora ante la amenaza del proyecto hidroeléctrico se centra en proteger las reservas de agua potable que abastecen al 80% del Gran Santiago y del riego de la Región Metropolitana; el patrimonio natural y paisajístico que permite la ganadería y el turismo, como principales actividades de los habitantes de la Comuna de San José de Maipo; y proteger la principal área de biodiversidad, patrimonio ambiental e hídrico de la Región Metropolitana y lugar de recreación de amplios sectores sociales, especialmente modestos, de la capital.
Relación con el marco jurídico vigente
AES Gener fundamenta sus proyectos hidroeléctricos en los derechos de agua no consuntivos que posee la empresa en diversos ríos afluentes del Río Maipo, en base a los cuales desde la década de los años 50 ya ha construido 4 centrales hidroeléctricas que en la actualidad están operando.
Sin embargo, la empresa enfrenta tres problemas en relación al marco jurídico vigente:
Primero: AES Gener no tiene todos los derechos de agua que necesita para generar los megawatts que declara en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto. Por ello ha solicitado nuevos derechos en el Río Colorado (Expediente ND 1302-230) por 20 m3/s permanentes y continuos. Adicionalmente AES Gener considera el uso de 2 m3/s del Estero Aucayes, no obstante que aún no solicita el traslado de este caudal permanente y continuo proponiendo un caudal ecológico de 0 m3/seg. Pero el sólo hecho de pedir traslado obliga a considerar un caudal ecológico. Además este estero abastece al pueblo Los Maitenes, donde varias decenas de familias tienen derechos históricos. Sin duda este derecho será denegado o minimizado en la cantidad que AES Gener pretende utilizar.
Segundo: Parte importante de los derechos que posee tienen puntos de captación en el río Maipo y no en los lugares donde diseñó las obras de captación en los ríos Volcán, Yeso y Colorado. Para resolver esta situación AES Gener ha solicitado el traslado de los siguientes derechos de agua: Las Placas (Expediente VT 1302-226); El Morado (Expediente VT 1302-227); La Engorda (Expediente VT 1302-228) y Colina (Expediente VT 1302-229). Pero el Informe Técnico DGA RM No368 del 30 de octubre de 2007 establece como conclusión que “no resulta técnicamente posible efectuar los traslados solicitados por cuanto no existe disponibilidad física de agua en los puntos requeridos”.
Posteriormente el Informe Técnico Of. ORD. DGA RM del 06-02-2009 llega a la misma conclusión denegando el traslado de las aguas. Cabe destacar que este último Informe Técnico y la conclusión de la DGA fueron realizados incluso habiendo renunciado AES Gener a un derecho de aguas no consuntivo, permanente y continuo de 10 m3/seg. de aguas superficiales en el río Maipo el 30 de diciembre del 2008.
Además de ello, AES Gener ha pedido otros traslados en el Río Colorado (Expediente VT 1302-231) y el Estero Quempo (Expediente VT 1302-222). En relación al Río Colorado el Ordinario DGA RM No95 del 03-02-2009, establece un caudal mucho menor dependiendo del mes del año, diferenciando en permanentes y eventuales, dejando un caudal ecológico de 2,51 m3/s lo que equivale a 8 veces lo solicitado por AES Gener. El hecho de definir este caudal ecológico disminuye la capacidad de la Central Las Lajas en un 10%. En relación al Estero Quempo, AES Gener solicitó el traslado de 0,15 m3/s permanentes y continuos proponiendo un caudal ecológico de 0 m3/seg. Pero el Ordinario DGA RM No96 del 03-02-2009, establece este caudal solo durante los meses de noviembre a marzo (5 meses). El resto del año no se concede este derecho (cero caudal).
Tercero: El proyecto de AES Gener implica represar en los 70 kilómetros de túneles y tranques de acumulación un volumen de entre 1.055.000 y 1.800.000 metros cúbicos de agua, lo que significaría una expropiación de los derechos consuntivos permanentes y continuos que poseen los agricultores y regantes del Maipo. A esto último la empresa indica que para el proceso de llenado de los túneles, cada vez que falle el sistema o haga mantenimiento deberá arrendar o adquirir unos 300.000 metros cúbicos. Nadie sabe de donde sacará AES Gener dicha agua y la empresa nunca ha dado respuesta a esta interrogante.
En conclusión, existen dificultades para AES Gener en el marco de la normativa de aguas, pero lo mismo ocurre por los impactos del entubamiento de las aguas por 70 kilómetros en forma paralela al río Maipo, lo que generara un hundimiento del lecho del río Maipo, por lo cual la empresa deberá presentar un estudio antes de iniciar el proyecto ante la Dirección de Obras Hidráulicas.
Cuarto: En el ámbito territorial, actualmente existen en el ordenamiento jurídico gran cantidad de decretos y resoluciones que protegen la parte alta de la cuenca del río Maipo, lo que pone de manifiesto su importancia para la conservación de la biodiversidad y la provisión de servicios estratégicos, como agua potable para Santiago, de riego para el valle del Maipo, ventilación para la contaminada cuenca atmosférica, y recreación para los habitantes del Gran Santiago. Las principales, regulaciones en orden cronológico son:
– 1974: El Decreto Supremo No 82 , del Ministerio de Agricultura que abarca la precordillera y cordillera andina, protegiendo esta área bajo la Ley de Bosques (D.S. No 4.363), y prohíbe la tala de árboles y arbustos nativos en quebradas y terrenos no susceptibles de aprovechamiento ganadero o agrícola.
-1994: La Resolución Exenta No 20 (noviembre). El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, establece el Plano Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), estableciendo diferentes categorías de protección y ordenamiento territorial en la comuna de San José de Maipo, definiendo claramente Áreas de Preservación Ecológica en parte importante del territorio. Estas áreas deberán ser mantenidas en estado natural, para asegurar y contribuir al equilibrio y calidad del medio ambiente, como asimismo preservar el patrimonio paisajístico. Estos territorios están compuestos por los sectores altos de las cuencas y micro cuencas hidrográficas; los reservorios de agua y cauces naturales; áreas de preservación del recurso nieve; las cumbres y farellones; los enclaves de flora; los refugios de fauna y los componentes paisajísticos destacados.
-2001: La parte alta de la cuenca del río Maipo fue declarada por la Resolución Exenta No1.138 (noviembre), SERNATUR, como Zona de Interés Turístico (ZOIT) por el Gobierno de Chile, atendiendo principalmente a su alto valor paisajístico y atractivos naturales, teniendo como foco el desarrollo del turismo de distintos intereses como escalada en roca, andinismo, trekking, rafting, cabalgatas, costumbrismo, turismo gastronómico, etc.
-2005: La Resolución Exenta No 585 (diciembre), CONAMA, aprueba el Plan de Acción Santiago Andino y establece Sitios Prioritarios de Conservación de la Biodiversidad, definiendo estos planes en 6 Sitios Prioritarios definidos por la comunidad científica, representantes de la ciudadanía y representantes del sector público. Los Sitios Prioritarios No3 (Altos del Maipo), No4 (Morado), No5 (Colorado-Tupungato y No10 (Sector Alto-Andino) de este Plan, están todos ubicados en la primera sección del río Maipo.
-2006: El Decreto Supremo No78 del Ministerio de Minería (febrero), establece la zona como “Área de Interés Científico para Efectos Mineros”, que abarca la zona de Santiago Andino y prohíbe la futura actividad minera en el área comprendida en el Decreto. Dicha limitación solo se puede revertir mediante un permiso otorgado por el Presidente de la República. Esto implica que no se permite la explotación de las riquezas naturales existentes con fines comerciales, y tampoco la intervención o alteración de su flora y fauna, a menos que sea con un plan de manejo, pero sólo con fines de investigación científica. Este Decreto 78 establece que el área presenta una serie de características especiales que justifican ampliamente dicha declaración: que corresponde a una reserva natural de biodiversidad de importancia internacional; que presta importantes servicios ambientales a la Región Metropolitana; que forma parte de la Zona de Interés Turístico y recreación en ambientes naturales; que posibilita la educación ambiental; y que posee un alto potencial cientifico, riqueza cultural, arqueológica y natural permitiendo acreditar el cumplimiento de las Convenciones de Biodiversidad, Cambio Climático y Desertificación, entre otras.
Adicionalmente en el territorio existen dos Santuarios de la Naturaleza, Cascada de las ánimas y San Francisco de Lagunillas, y el Monumento Natural El Morado, siendo los dos últimos áreas a ser impactadas por el proyecto de AES Gener; y donde la empresa no desarrolló estudios hidrogeológicos, ni de dinámica de glaciares, para poder asegurar que no generará impactos significativos e irreversibles.
Finalmente , existen especies de flora nativa en el área del proyecto hidroeléctrico y caminos que deberá construir AES Gener que afectan especies en categoría de conservación, como el frangel u olivillo y el guayacán, los cuales están protegidos por la Ley de Bosque Nativo N° 20.283 de 2008.
Posición y acción del Estado.
El conflicto por la localización y extracción de aguas del Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo (PHAM), de AES Gener expresa las deficiencias del Código de Aguas de 1981, la ausencia de ordenamiento territorial y estrategia de cuencas, el incumplimiento de la normativa ambiental referida a la protección de la biodiversidad, la ausencia de una política de gestión estratégica de los recursos hídricos; y adicionalmente la presión económica del lobby empresarial sobre los actores locales y la discrecionalidad política de la administración del Estado, la que prima por sobre los criterios técnicos y legales. Las autoridades políticas del gobierno de la Presidenta Bachelet, particularmente los ministros del interior, Edmundo Pérez Yoma, y de energía, Marcelo Tokman, respaldaron el proyecto antes de su evaluación ambiental, sin atender a los impactos del mismo, ni esperar el pronunciamiento técnico de los servicios que participan en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). En el caso del PHAM, quedó nuevamente en evidencia el déficit de independencia del sistema.
Además, en la etapa de tramitación ambiental AES Gener fue obligada a retirar el proyecto del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por un cambio sustancial en el trazado del túnel. Pero al momento de reingresarlo al SEIA, AES Gener dispuso de una estrategia comunicacional destinada a lograr el visto bueno de la autoridad, mediante actos de lobby y tráfico de influencias. Para ello, AES Gener contrató los servicios de la consultora Imaginacción, propiedad del ex ministro Enrique Correa, quien es, a su vez, ex esposo de Catalina Bau, la directora de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y donde además participa un hijo de ambos: Carlos Correa Bau.
Esta funcionaria en su calidad de directora nacional de CONAF, contraviniendo la Ley de Bosque Nativo dispuso la aprobación sectorial del proyecto; aun cuando los evaluadores de la CONAF, Región Metropolitana lo habían rechazado, sobre la base de argumentos técnicos. Esta irregularidad generó una confrontación legal y de competencias al interior de CONAF, lo cual motivó una posterior Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados.
Entre otras curiosidades del proceso de evaluación ambiental, la DGA no observó en la Adenda 2 y 3 que la empresa AES Gener no cuenta con los derechos de agua en las bocatomas, cuyas obras la autoridad evaluó ambientalmente. El proyecto se aprobó sin los traslados aprobados y con traslados no solicitados en el estero Aucayes; por lo cual la DGA aprobó un proyecto sin dar los permisos de caudales ecológicos de las fuentes de agua pendientes de intervenir. La empresa ha solicitado tres veces a la DGA el traslado de derechos de agua, y a fines de mayo de 2009 la DGA volvió a rechazar la petición de Gener.
Con respecto a los caudales ecológicos a definir por la DGA, la CONAMA finalmente estableció en la Resolución de Calificación Ambiental de marzo de 2009, caudales ecológicos paupérrimos, los cuales fueron determinados en concordancia con los que la empresa señalaba, desconociendo las normas y procedimientos definidos en el Código de Aguas. Por ejemplo la RCA estableció como caudal ecológico en el río Colorado 300 lt/seg en circunstancia que de acuerdo al Código de Aguas éste debiera ser 2.600 lt/seg. Esta enorme diferencia se manifiesta en todos los ríos intervenidos. Existen irregularidades en la determinación y requerimientos de caudales que la empresa necesita para realizar el Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo, que sin duda deja de manifiesto que los criterios técnicos se subordinan a los criterios políticos.
Ninguno de los servicios públicos consideró las restricciones del cambio climático en la evaluación de impacto ambiental del Proyecto Alto Maipo, a pesar que fue solicitado formalmente a las autoridades competentes por organizaciones ciudadanas. Esto a pesar de la estrategia del gobierno de Bachelet con respecto al Cambio Climático. En las observaciones ciudadanas señalaron que el Estudio de Impacto Ambiental debiera incorporar el efecto esperado por el cambio climático dado que es política del Estado de Chile considerar sus efectos en la planificación del país. De hecho es parte del Plan de Acción Nacional de Cambio Climático, que la misma CONAMA promueve en su sitio Web para el período 2008-201212. Sin embargo, ni el EIA ni las Adendas efectúan referencia alguna a la influencia del cambio climático en la cuenca del río Maipo y los efectos esperados y atribuibles a este fenómeno, como lo son la disminución de los recursos hídricos, derretimiento de nieves, etc. AES Gener, por lo tanto, no señala cómo se hará cargo de la interrelación de este proyecto con este fenómeno.
A la insuficiencia de información de línea de base y la excesiva discrecionalidad del aparato público en el otorgamiento de los permisos sectoriales, se sumó un activo trabajo de AES Gener y la consultora Imaginacción con una estrategia de lobby político y social, que incluyó pagos a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos del Cajón del Maipo, a través de la firma de un convenio económico y social, con la finalidad de debilitar el rechazo a su proyecto, el que contó con el respaldo del alcalde y tres concejales de San José de Maipo.
En este convenio, AES comprometió 200 mil dólares anuales por 30 años, y empleo local temporal. Este convenio realizado con parte de la comunidad local, provocó una profunda división al interior de la comunidad, y un conflicto social que se expresa en una difícil situación de convivencia, entre los ciudadanos y las ciudadanas en contra del proyecto y quienes lo apoyan.
El proceso de Evaluación del PHAM, después de su segundo ingreso al SEIA, debió ser sometido a dos Addenda para superar sus deficiencias; y su aprobación por parte de la COREMA Región Metropolitana en marzo de 2009, estuvo plagada de irregularidades, caracterizadas por incompatibilidad con la ley vigente, abandono de funciones en los pronunciamientos y presión a funcionarios subalternos que manifestaron observaciones contrarias a la aprobación de los permisos sectoriales.
Este hecho generó un procedimiento de aprobación viciado sin que la empresa realizara cambios sustanciales al proyecto. Del análisis de todo el proceso del EIA del PAHM, no quedan dudas de que se trata de un caso de tráfico de influencias, lo cual fue impugnado por las organizaciones de regantes y las organizaciones ciudadanas, que a lo largo del proceso hicieron un seguimiento técnico y administrativo a cada una de las Adendas y a la tramitación de los permisos sectoriales.
A idéntica conclusión llegó la Comisión Investigadora que constituyó la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente de la Cámara de Diputados para investigar la aprobación de la hidroeléctrica Alto Maipo y la termoeléctrica los Robles, ambos proyectos de AES Gener. Esta Comisión, luego de citar a todos los servicios que participaron en la evaluación ambiental, y aprobación del PHAM, llegó a la conclusión de que existieron Graves irregularidades en el proceso de aprobación del proyecto hidroeléctrico Alto Maipo de la Región Metropolitana.
Dicha Comisión Investigadora, presidida por el diputado Roberto Sepúlveda (RN) e integrada por los diputados Enrique Accorsi (PPD), Roberto León (DC), Patricio Vallespín (DC), Guido Girardi (PPD) Francisco Chahuan (RN), entre otros, coincidió en sus conclusiones con las irregularidades denunciadas por las organizaciones ciudadanas sobre vicios en el proceso tales como permisos sectoriales concedidos sin informar sobre impactos o sin haberse subsanado los requerimientos técnicos y legales vigentes. Entre ellos cabe destacar:
1. El proyecto de Gener interviene los Sitios Prioritarios 4 y 5 de la Estrategia de Conservación de la Biodiversidad de la Región Metropolitana, provocando alteraciones irreversibles en los escurrimientos superficiales y las vegas de las cuencas a intervenir, e intensificando la desertificación de las cuencas del río Volcán, Yeso, Colorado y Maipo, al captar las aguas en sus nacimientos y trasvasijarla hacia otras cuencas. Este impacto hace inútil el Plan de Acción Santiago Andino promulgado por el gobierno para acreditar cumplimiento de la Convención de Diversidad Biológica. La autoridad ambiental no observó los impactos de la reducción de recursos hídricos en las 4 cuencas de este Sitio Prioritario. Este hecho constituye abandono de funciones de CONAMA RM y la ausencia de información de línea base en el SEIA.
2. El proyecto de Gener contempla la corta de olivillos y guayacanes, ambas protegidas por la Ley de Bosque Nativo (No 20.283) promulgada por la presidenta Bachelet en julio de 2008, en la cual se expresa claramente que la autoridad no podrá aprobar planes de manejo que impliquen corta de especies en categoría de protección y de sus especies acompañantes, con la sola excepción del caso de “ interés público”. La autoridad forestal regional, CONAFF RM fue presionada por su superior (la directora nacional Catalina Bau) a aprobar la corta de estas especies (permiso 102), lo que contraviene la Ley (Artículos 7 y 19); lo que a su vez invalida el permiso ambiental concedido por este servicio.
3. El proyecto de Gener interviene las formaciones geológicas e hidrogeológicas del Monumento Nacional el Morado, el Glaciar y la Laguna San Francisco, los cuales están protegidos por el DS. 531/67 y la Ley 18.362 del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas y la Convención de Washington. Sin embargo la autoridad responsable de de su protección legal, CONAF, aunque observó en el SEIA (Adendas I, II y III ) los impactos sobre estos sitios ; no pudo ejercer dicha protección por abandono de funciones de los servicios públicos encargados de los glaciares (DGA) y geología ( Sernageomin) que no observaron los impactos sobre los glaciares y la hidrogeología .
4. El proyecto de Gener al intervenir drásticamente el régimen hídrico del río Maipo, provoca la reducción de 2,3 millones de toneladas de sedimentos (22% de la producción de sedimentos de la cuenca), lo cual sumado a la actual extracción de áridos para la construcción, provocaría un hundimiento del lecho del río Maipo, afectando las bocatomas de los canales: Canal del Maipo, Canales Unidos de Buin, canal Huidobro, Canal Lo Herrera y Canal La Isla-Lonquén que riegan una superficie de 107.068 hectáreas de cultivos de excelencia, en las comunas de San Bernardo, Calera de Tango, Padre Hurtado, Maipú, Peñaflor, Talagante, Isla de Maipo, Buin y Paine. Lo anterior afecta los derechos de agua de estos agricultores, poniendo en riesgo miles de empleos permanentes, y además la seguridad de los puentes Los Morros, Acceso Sur y Panamericana.
A pesar de ello, la Dirección de Obras Hidráulicas, ignorando el Estudio de la Universidad de Chile, aportado por la misma AES Gener (en el anexo al Estudio de Impacto Ambiental), le entrega a AES Gener el permiso sectorial, pidiendo insólitamente en la Adenda un nuevo estudio de sedimentos antes de la operación de las centrales. Es decir, este servicio traslada una obligación de información de línea de base necesaria para evaluar ambientalmente el proyecto, a una condición ex -post a la aprobación ambiental.
5. El proyecto de Gener implicaría una expropiación de los derechos de agua consuntivos, permanentes y continuos de los agricultores de la cuenca del Maipo, pues en los hechos represa 1 millón 800 mil metros cúbicos de aguas por entubamiento, deteniendo la columna de agua, aun a pesar de que Gener no tiene derechos consuntivos. La operación de las centrales también afectaría a los agricultores y al agua potable de Santiago, por cuanto cualquier problema de operación podría provocar demoras de entre 9 y 24 horas en el suministro de agua para el riego yel agua potable. Aun sin subsanarse estos problemas, la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la DGA y el Ministerio de Agricultura concedieron los permisos sectoriales para la aprobación ambiental.
6. Los proyectos de AES Gener, aprobados por COREMA, de concretarse, destruirían al Cajón del Maipo como destino recreacional de las familias de ingresos medios y bajos de la ciudad de Santiago que hoy concurren a la zona los fines de semana. Los golpes de agua que provocarían cualquier falla en las turbinas o infraestructura del proyecto, pueden arrastrar a los visitantes que se encuentren a orillas de los ríos Yeso, Volcán, Colorado y Maipo, causando conmoción nacional. A pesar de este riesgo inaceptable para la vida de las personas, y observado por la DGA en uno de sus pronunciamientos, al Seremi de Obras Publicas, el Director Regional de la DGA, el gobernador de Cordillera y el Intendente, responsable de la seguridad pública, quienes votaron la aprobación ambiental, sin exigir medidas de prevención y alerta masiva a la población visitante por parte de la empresa.
7. El proyecto de Gener constituye una mega intervención de la cuenca alta del río Maipo, al pretender trasvasijar agua desde los ríos Volcán, Yeso, Colorado y Maipo a través de un túnel de 70 kilómetros disminuyendo drásticamente el caudal del río Maipo y sus afluentes, y alterando irreversiblemente su régimen hídrico. La DGA no observó en la Adenda 2 y 3 que la empresa AES Gener no cuenta con los derechos de agua en las bocatomas que la autoridad evaluó ambientalmente. El proyecto se aprobó sin los traslados aprobados y con traslados no solicitados en el estero Aycayes; por lo cual la DGA procedió a aprobar un proyecto sin dar los permisos de caudales ecológicos de las fuentes de agua pendientes de intervenir ( no se han dado los traslados de agua en al menos 4 solicitudes, estando los permisos de caudales ecológicos no concedidos en relación a dichas solicitudes). Esto constituye una grave carencia de información de línea de base del proyecto y la ausencia de permisos de relevancia ambiental que la DGA debió entregar antes de la votación de la COREMA.
En definitiva, el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Alto Maipo estuvo plagado de irregularidades, incluyendo el sorpresivo cambio de posición de servicios claves llamados a pronunciarse (en especial la Dirección General de Aguas, Dirección de Obras Hidráulicas, Servicio Agrícola y Ganadero, Secretaría Regional Metropolitana de Agricultura, y CONAF), que en principio se habían manifestado contrarios a la propuesta. Esto a pesar de que la empresa AES Gener no realizó cambios sustanciales al proyecto original. También se encuentran actos incompatibles con la normativa vigente; abandono de funciones en los pronunciamientos y presión a funcionarios subalternos que manifestaron observaciones contrarias a la aprobación de los permisos sectoriales. Fruto de esta situación, y en un contexto donde la orden superior fue “aprobar o abstenerse”, el proyecto hidroeléctrico de AES Gener fue aprobado unánimemente por todos los servicios públicos en la COREMA Región Metropolitana, encabezada por el intendente Igor Garafulic.
Posición, acción y propuestas de la comunidad en torno al conflicto.
La estrategia de la empresa desde la presentación del proyecto fue dividir y polarizar a la comunidad, entre aquellos que estaban a favor de los proyectos hidroeléctricos y aquellos que se oponían. En relación a este impacto social, es importante destacar que los habitantes del Cajón del Maipo, antes de este conflicto, constituían una comunidad armónica, con una cultura propia local, la cual fue seriamente dañada por la intervención social y monetaria de la empresa AES Gener.
Las organizaciones que se oponen a las 2 centrales hidroeléctricas realizaron una reclamación ante la CONAMA nacional, como establece el procedimiento administrativo, la cual transcurridos 11 meses de su presentación aun no ha sido respondida por el Director Nacional de CONAMA, Álvaro Sapag.
La Coordinadora Ciudadana Ríos del Maipo también presentó recursos administrativos ante la Dirección General de Aguas (DGA), ante las solicitudes de derechos de agua y de traslado de derechos de agua que ha solicitado AES Gener durante el proceso del SEIA, y han impugnado legalmente, ante tribunales, las obras que provocaran los cambios en el régimen hídrico del río Maipo, la disminución de sedimentos y el hundimiento de su lecho.
Los canalistas y la Junta de Vigilancia del río Maipo, por su parte han presentado recursos ante la Dirección de Obras Hidráulicas-DOH, del Ministerio de Obras Publicas, al MOP, y a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). También la Coordinadora Ciudadana, en conjunto con las Asociaciones de Canalistas del Río Maipo y la Sociedad de Agricultura, y concejales de la comuna de San José de Maipo, sostuvieron reuniones con los Ministros del Interior, Energía, Obras Publicas, Medioambiente y con los directores de la DGA y la DOH para informarles directamente sobre los impactos de las centrales de AES Gener sobre la cuenca, la infraestructura pública y la agricultura.
Además de cartas a la presidenta Bachelet, la Coordinadora Ciudadana solicitó en reiteradas ocasiones audiencia con la presidenta de la República, quien nunca respondió a este requerimiento. Agotadas las posibilidades de acción frente al Estado y luego de 10 meses de espera de que el Director de la Comisión Nacional de Medioambiente, Álvaro Sapag, respondiera el recurso de reclamación interpuesto por las organizaciones, lo cual no hizo.
La estrategia de la comunidad opositora, tras la derrota en las instancias administrativas ambientales, apuntó a la “judilización“ del conflicto, ya que las organizaciones sostienen que los impactos del proyecto de AES Gener en la cuenca del Maipo serán irreversibles y por tanto son daños que no puedan ser mitigados o compensados.
Apenas la autoridad ambiental aprobó, en marzo de 2009, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de las 2 centrales hidroeléctricas de AES Gener; las organizaciones opositoras a la iniciativa afirmaron que continuarían oponiéndose esta vez en tribunales. Esto, ya que AES Gener, a enero de 2010, aun no tenía los derechos de agua que necesitaba para realizar el proyecto.
En este contexto un conjunto de dirigentes y organizaciones sociales presentó a la DGA Región Metropolitana, la solicitud de establecer una reserva hídrica en el río Maipo, de acuerdo a las atribuciones entregadas a la DGA en la Ley 20.017 que modificó el Código de Aguas en el año 2005.
La solicitud titulada “Reserva de la Primera Sección del Río Maipo por Constituir una Cuenca de Interés Nacional” señala que dado el hecho que la reforma de 2005 establece ”el caudal ecológico, como caudal mínimo para preservar la naturaleza y proteger el medioambiente, y consignó una nueva norma para que el Presidente de la Republica, bajo ciertas condiciones reserve recursos hídricos en la medida en que dichas aguas no se hayan otorgado como derecho de aprovechamiento, y que existan circunstancias excepcionales y de interés nacional que ameriten la reserva”. Y agregando que el caudal máximo definido por la ley corresponde al 20% del caudal medio anual del río, lo cual no es efectivo para conservar las cuencas, entre ellas la del Río Maipo, por cuanto “ello permite una afectación sustantiva de los ríos para el 95% del tiempo”. Solicitan complementar, en el caso del Río Maipo, este caudal ecológico “con una reserva de recursos hídricos que resguarde el valor ambiental de la cuenca” alta (primera sección del río Maipo) y el desarrollo de las actividades de la economía local. Para lo cual se requiere el “mantenimiento de los ríos y esteros de la primera sección del río Maipo inalterados el 49% del tiempo, permitiendo el uso de las aguas para otras actividades sólo en aquellos años en que los ríos son inusualmente caudalosos”.
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